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BASES LEGALES SORTEO OR DEL CAMP

“GANA GRATIS ACEITE PARA TODO EL AÑO”

 

  1. Empresa organizadora del sorteo

 

La entidad organizadora de este sorteo es la sociedad GUZMÁN GASTRONOMÍA, S.L., con domicilio social en Longitudinal 5 número 53, Mercabarna, 08040 Barcelona, con CIF número B-63864029.

 

  1. Finalidad del sorteo

 

La finalidad de este sorteo, de participación gratuita, es promocionar los productos de la marca de aceite Or del Camp, premiando así la fidelidad de aquellos clientes de la empresa organizadora que realicen pedidos de dicho producto durante el plazo especificado en las presentes bases reguladoras del sorteo.

 

 

  1. Ámbito geográfico

 

El presente sorteo tiene ámbito nacional, exceptuando Ceuta, Melilla e Islas Canarias.

 

  1. Ámbito temporal

 

El plazo de la promoción y que determinará la posibilidad de participar en el sorteo, se iniciará el día 01/03/2024 a las 00:00 horas y finalizará el 31/03/2024, a las 24:00 horas.

 

  1. Participantes

 

Pueden participar en la misma de forma gratuita y voluntaria, las personas físicas y/o jurídicas residentes en España (exceptuando Ceuta, Melilla e Islas Canarias) mayores de 18 años, que hayan realizado algún pedido igual o mayor a 45,00 € de productos de la marca de aceite Or del Camp durante el plazo establecido en la base anterior, bien directamente, a su nombre, o en su caso, en su calidad de colaborador y/o representante de la persona jurídica o entidad que haya realizado el pedido.

 

En caso de tratarse de un colaborador o representante de una persona jurídica o entidad, únicamente se aceptará la participación de una persona por cada persona jurídica o entidad, y en su caso, la empresa organizadora se reserva el derecho de requerir a dicha persona que acredite de forma fehaciente su vinculación con la entidad que ha realizado el pedido de los productos.

 

Quedará a discreción de la entidad organizar la evaluación de la suficiencia de la acreditación de dicha vinculación, y en caso de no apreciarse dicha vinculación, podrá acordar la descalificación del participante en cualquier momento.

 

Así mismo, la empresa no se hace responsable de la veracidad de los datos facilitados por los participantes ni de no poder contactar con los participantes y/o ganadores si los datos facilitados no son correctos o contienen errores.

 

La presente promoción pretende que la competición entre los distintos participantes se haga con igualdad de oportunidades y con estricto respeto a las normas de la buena fe. Por ese motivo, la empresa organizadora se reserva el derecho a excluir automática e inmediatamente de la misma a cualquier participante que transgreda las normas de la buena fe, observe una conducta mendaz o inadecuada, emplee medios fraudulentos o incumpla estas Bases en cualquiera de sus extremos.

 

En caso de que las irregularidades se detecten con posterioridad a la entrega efectiva de alguno de los premios, la empresa organizadora se reserva el derecho de ejercitar las acciones legales pertinentes contra su autor o responsable, entre otras, las tendentes a la devolución de los premios.

 

  1. Contenido del sorteo y premio

El objeto de la presente promoción/sorteo consiste en la entrega de los premios siguientes, con carácter personal e intransferible, a un único ganador:

 

Un lote de productos de la marca Or del Camp consistente en 30 litros de aceite en total que se recogen en los diferentes formatos siguientes:

 

3 Garrafas de 5 L) –  total 15 litros

5 caja de 500 mililitros (6 botellas de 500 ml por caja) – total 15 litros

 

La entrega de los productos se realizará en el domicilio indicado por el ganador a portes pagados, debiendo dicho domicilio estar dentro del ámbito geográfico recogido en la Base 3.

 

El premio no se podrá canjear por dinero en metálico o por cualquier otro premio, ni puede ser objeto de cambio o alteración.

 

  1. Mecánica de la promoción

 

A partir del inicio de la promoción y hasta el último día incluido, los participantes que cumplan los requisitos establecidos en las presentes Bases, podrán participar en el presente sorteo en la forma descrita en la presente Base.

 

Los participantes deberán hacer una compra de productos Or del Camp por importe igual  o superior a 45,00 € a través de los diferentes canales habituales para la realización de pedidos (teléfono, e-mail o a través de nuestro portal mybidfood.com)

En todo caso, los participantes se comprometen a no realizar bajo ningún medio o canal de comunicación relacionado con el sorteo, comentarios que atenten o sean susceptibles de atentar contra la moral, la ética, el buen gusto o el decoro, ni que infrinjan, violen o conculquen los derechos de propiedad intelectual o industrial, advirtiéndose de las consecuencias y responsabilidades en las que puede incurrir si se realiza un uso ilícito o fraudulento de las mismas.

 

La empresa organizadora actuará de inmediato ante una denuncia o una sospecha de que puedan estar produciéndose infracciones de los derechos de propiedad intelectual, o ante cualquier contenido que pueda considerarse inadecuado y procederá a eliminarlo inmediatamente y a descalificar a su autor, pudiendo solicitar incluso el bloqueo permanente del usuario infractor en las plataformas y redes corporativas de la empresa organizadora.

 

  1. Mecánica de adjudicación del premio

 

La elección del ganador del sorteo y adjudicación del premio se realizará el día 1 de abril de 2024 a las 12:00 horas, en las instalaciones y por el personal de la empresa organizadora designado al efecto, de manera totalmente aleatoria, y utilizando para ello el software de sorteos www.sortea2.com.

 

En dicho sorteo, se escogerá un ganador de entre todos los participantes, y así mismo, dos ganadores suplentes, para el supuesto en el que el primero, por cualquier motivo, no pueda acceder a los premios.

 

Una vez realizado el sorteo, la empresa organizadora se pondrá en contacto con el ganador en un plazo máximo de 3 días hábiles a contar del mismo, para hacerle entrega del premio en el domicilio indicado en las bases del concurso. En el supuesto que el ganador desee que se realice la entrega en domicilio diferente, éste deberá ser indicado de forma expresa a la empresa organizadora en el momento de comunicarle su condición de ganador, y siempre que se encuentre dentro del ámbito geográfico del concurso establecido en la Base 3.

 

La celebración del sorteo, así como la concesión del premio quedan sujetos a la normativa fiscal vigente.

Si el ganador incumpliese las normas de este sorteo o, por el motivo que fuera, por causa suya o externa, no pudiese ser localizado en el plazo de 3 días hábiles indicado, se contactará con el siguiente ganador suplente, por orden del sorteo, para realizar la entrega del premio en los términos y condiciones indicados.

 

En el supuesto que ninguno de los tres seleccionados pueda ser contactado, sea elegible para recibir el premio por descalificación, o no pueda entregarse el mismo por cualquier motivo, el sorteo se declarará desierto y no se hará entrega de premio alguno.

 

  1. Descalificaciones y penalizaciones

Si se evidenciase que cualquiera de los Participantes no cumple con los requisitos exigidos en las presentes Bases, o los datos proporcionados para participar no fueran válidos, su participación se considerará nula y quedarán automáticamente excluidos de la promoción perdiendo todo derecho sobre los premios otorgados en virtud de la misma.

 

  1. Fiscalidad

 

La celebración del previsto sorteo, así como la concesión del premio, se realizan en cumplimiento de lo previsto por la normativa fiscal vigente de aplicación, estando sujeto al abono de las tasas y a las retenciones correspondientes.

 

  1. Aceptación de las bases

 

La simple participación en el presente sorteo implica la aceptación de estas bases en su totalidad por lo que cualquier manifestación en el sentido de no aceptación total o parcial de las mismas, implicará la exclusión del participante y, como consecuencia de la misma, quedará la empresa organizadora liberada del cumplimiento de la obligación contraída con dicho participante.

 

  1. Derechos de la propiedad intelectual e imagen

 

El ganador autoriza a que su nombre, y en su caso, su imagen, si así lo considera conveniente la empresa organizadora, sea publicado en las plataformas, medios y redes corporativas de la empresa organizadora a meros efectos de difusión de la promoción y la marca que la promueve.

 

Así pues, la empresa organizadora se reserva el derecho de usar los nombres e imágenes de los participante agraciados así como de todos los participantes a efectos de su utilización en fines publicitarios en los medios que estime oportunos y sin necesidad de notificación explícita.

 

  1. Exoneración de responsabilidad

 

A título enunciativo, pero no limitativo, la empresa organizadora no se responsabiliza de las posibles pérdidas, robos, retrasos o cualquiera otra circunstancia imputable a terceros que puedan afectar al desarrollo de la presente promoción y sorteo, así como tampoco se responsabiliza del uso que haga el participante respecto del premio que obtenga de esta promoción.

 

Así mismo, la empresa organizadora no asume responsabilidad alguna en aquellos casos de fuerza mayor o caso fortuito que pudieran impedir la realización de la promoción o el disfrute total o parcial del premio.

 

  • Datos personales

 

De conformidad con Ley Orgánica de Protección de Datos de Carácter Personal y la Ley de Servicios de la Sociedad de la Información y de Comercio Electrónico, se informa a los participantes de que los datos personales que faciliten serán incorporados a un fichero de datos de carácter personal, propiedad de la compañía organizadora. Dichos datos serán utilizados y tratados, además de con la finalidad de participar en el sorteo, para la investigación, promoción y comercialización de los servicios la empresa organizadora, lo que incluirá el envío de comunicaciones comerciales incluso por vía electrónica. Si lo desean, pueden hacer uso en cualquier momento de sus derechos de acceso, rectificación, oposición y cancelación de sus datos escribiendo al responsable del tratamiento a la dirección de correo electrónico que se indica a continuación: info@bidfoodiberia.com.

 

  1. Ley aplicable y tribunales competentes

 

La ley aplicable al presente sorteo promocional es la ley española, realizándose el mismo en cumplimiento de lo establecido por la normativa aplicable, y en especial, por la Ley 13/2011, de Regulación del Juego, y las directrices emitidas con respecto a los sorteos promocionales gratuitos por parte de la Dirección General de Ordenación del Juego.

 

Para cualquier duda, conflicto o divergencia que pueda suscitar el presente sorteo, serán competentes para conocer del asunto los Juzgados y Tribunales de la ciudad de Barcelona.